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HERENCIAS. LA LEGÍTIMA

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3 septiembre, 2024
HERENCIAS. LA LEGÍTIMA

HERENCIAS. LA LEGÍTIMA: la existencia o ausencia de un testamento y la relación directa de los herederos determina significativamente cómo se distribuyen los bienes, lo que puede conllevar a diversos procedimientos legales dependiendo de cada caso específico.

 

El testamento es un documento legal que permite a una persona determinar quién heredará sus bienes tras su fallecimiento.

HERENCIAS. LA NULIDAD DEL TESTAMENTO

Elaborarlo ofrece ventajas para el testador (asegurando que se cumplan sus últimas voluntades), y para los herederos, que pueden ahorrar tiempo y dinero en el proceso sucesorio.

 

Sin embargo, no a todo el mundo le da tiempo a redactar uno.

 

En el caso de que el causante (la persona fallecida) tuviese hermanos, hay que saber que hay dos maneras de estos hereden su vivienda, y que ello depende de si hay o no testamento.

HERENCIAS.  SIN TESTAMENTO

Como indica el portal inmobiliario, Idealista, la existencia de un testamento o la ausencia del mismo y la relación directa de herederos determina significativamente cómo se distribuyen los bienes, lo que puede conllevar a diversos procedimientos legales dependiendo de cada caso específico.

 

Si el individuo ha fallecido sin testamento y sin descendencia, la ley establece que los bienes del difunto deben ser transferidos a sus hermanos vivos, siguiendo el orden de sucesión legítima.

 

Este procedimiento también se aplica si los padres del fallecido han fallecido previamente, ya que los hermanos pasan a ser los siguientes en la línea sucesoria.

 

VIVIENDA. LA HIPOTECA INVERSA

Si, por el contrario, un hermano fallece habiendo dejado un testamento que designa como herederos a sus hermanos, la voluntad del fallecido, tal y como está expresada en el testamento, tiene prioridad sobre la ley de sucesión.

 

Este escenario se cumple siempre y cuando el testamento haya sido redactado cumpliendo todas las formalidades legales requeridas.

 

Además, es importante saber que en algunos sistemas legales y dependiendo de la regulación, los hermanos pueden tener derechos a una porción legítima de la herencia.

 

Esto quiere decir que aunque el testamento del fallecido no los incluya, podrían reclamar legalmente una parte de los bienes.

 

En España, la herencia legítima es una parte esencial dentro del proceso de sucesión, reservada obligatoriamente para los herederos forzosos.

 

Esto quiere decir, que aunque se tenga el testamento perfectamente repartido y se quiera excluir a alguna persona, hay sujetos que recibirán obligatoriamente una parte del dinero, simplemente por el parentesco que tienen.

 

Estos son los descendientes, ascendientes y el o la cónyuge.

 

Las herencias a los parientes «lejanos» pagan más impuesto de Sucesiones a Hacienda.

 

La herencia legítima asegura que dichos beneficiarios reciban una porción de los bienes del fallecido, independientemente de las disposiciones testamentarias que este haya establecido.

 

Los detalles sobre cómo se calcula y se distribuye esta parte de la herencia son fundamentales para entender los derechos sucesorios.

 

La herencia se calcula dividiendo el total hereditario en tres partes: el tercio de legítima, el tercio de mejora y el tercio de libre disposición.

 

La primera de estas fracciones se distribuye equitativamente entre los herederos forzosos, mientras que el tercio de mejora puede destinarse a favor de uno de los descendientes si así se especifica en el testamento.

 

El tercio de libre disposición queda a la plena voluntad del testador para asignarlo a quien desee.

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