La notificación, en forma de procedimiento de infracción, insta a España a modificar la legislación nacional para ajustarla a la comunitaria «sobre el procedimiento civil que regula la ejecución hipotecaria y las órdenes de pago». Pero supone una enmienda general y un nuevo tirón de orejas, que llega apenas dos días después de una vista en el Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo sobre las cláusulas suelo y su retroactividad.
El pasado julio la Comisión remitió al Tribunal un documento en el que explica que, según la normativa europea, la banca debería reintegrar la totalidad por las cláusulas que las sentencias declaren nulas por abusivas. Y no sólo el importe desde mayo de 2013. Se trataba de un informe muy concreto para un caso de Cajasur, pero dejaba muy clara la postura de Bruselas. Si algo es abusivo y es nulo debe desaparecer y el cliente, el ciudadano, debe ser compensado completamente, y no en parte.
El Ejecutivo europeo explica en el procedimiento abierto el jueves que su propósito es «garantizar que los consumidores estén plenamente protegidos contra las cláusulas contractuales abusivas», cualesquiera sean. Y aunque reconoce y aplaude algunas de las modificaciones que España ya ha hecho, sobre todo a raíz de la conocida como sentencia Mohamed Aziz, por el nombre denunciante, reitera que hay «algunas cuestiones preocupantes» que deben ser abordadas inmediatamente.
¿Qué supone en la práctica el procedimiento? De momento, nada. La «carta de emplazamiento» remitida a Madrid es únicamente el primer paso. El Gobierno en funciones tiene ahora dos meses, explica el texto de la Comisión, para hacer caso. Y si no trasladara a la legislación nacional los cambios exigidos podría recibir un dictamen y el caso acabar ante la Justicia, con la posibilidad de sanciones económicas.
«La Directiva 93/13 sobre las cláusulas abusivas en los contratos garantiza que, siempre que el contrato no se haya negociado individualmente, el consumidor no acabe vinculado por cláusulas abusivas. Un término del contrato se considera abusivo si está significativamente desequilibrado y en contra de la exigencia de buena fe».
El Gobierno español ha sido reacio a aplicar toda la legislación por miedo, en línea con la Justicia español, al impacto en los balances de un sector rescatado. Y espera que la decisión del Tribunal de Justicia (a mediados de julio habrá un dictamen provisional) no respalde la petición de los consumidores y de la Comisión, pues el impacto podría superar los 5.000 millones de euros.
«Dos semanas después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que declara abusivas las cláusulas suelo, la apertura de un procedimiento formal de infracción demuestra que la ley española en materia hipotecaria es injusta y al servicio de la banca», ha criticado el diputado de los Verdes Ernest Urtasun. «La Directiva 93/13, que garantiza que el consumidor no quede vinculado por cláusulas abusivas cuando el contrato no haya sido negociado individualmente, no se está aplicando correctamente en España porque no se pueden recorrer de forma efectiva y se inician procesos de desahucio que son ilegales».
De hecho, la Comisión critica en concreto algunos detalles de la legislación española, como el tiempo disponible para recurrir un desahucio o la imposibilidad de retrasar o bloquear la venta de una vivienda ya desahuciada mientras se resuelve una demanda.
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